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* Gobierno eleva subsidios para compra de Viviendas

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* Gobierno eleva subsidios para compra de viviendas Los beneficios ahora estarán entre 25.300 y 46.000 bolívares fuertes El Ministerio de la Vivienda realizó ajustes al esquema de financiamiento para la compra de soluciones habitacionales. En la Gaceta Oficial del 23 de diciembre el despacho publicó tres resoluciones que en conjunto aumentan los montos de los subsidios directos que se emplean para completar la adquisición de casas a través de préstamos por la Ley de Vivienda, autorizan la entrega de subsidios a las familias que se financien con la gaveta hipotecaria, permiten la entrega de créditos por 100% del valor del inmueble y ajustan las tasas de interés así como los topes de ingresos a destinar en las cuotas. En una de las disposiciones se contempla un tabulador para la entrega de los subsidios cuando se pidan préstamos por Ley de Vivienda y el mismo indica que el monto mínimo de ese beneficio será de 25.300 bolívares fuertes y el máximo será de 46.000 bolívares fuertes. En la escala se establece que los ingresos que se tomarán en cuenta para percibir el beneficio parten desde 799 bolívares fuertes hasta 2.600 bolívares fuertes. En la distribución se apunta que por ejemplo las familias que devenguen 799 bolívares fuertes tendrán un subsidio de 46.000 bolívares y los que reciban 2.600 bolívares percibirán 25.300 bolívares fuertes. Antes solamente se contemplaban dos montos de subsidios para los que ganaran hasta 1.324 bolívares fuertes, el beneficio era 29.900 bolívares fuertes y hasta 2.530 bolívares fuertes el beneficio era 25.300 bolívares. La entrega de subsidios ahora se amplía para aquellas familias que tramitarán préstamos de la cartera obligatoria de la banca. En una normativa se indica que si las familias tienen ingresos hasta 2.600 bolívares fuertes podrán recibir el beneficio, tomando en cuenta la escala de la Ley de Vivienda. En las normas tanto de la gaveta hipotecaria como de la Ley de Vivienda se podrán dar préstamos por el 100% del valor del inmueble de acuerdo al ingreso familiar. Sin embargo, el Ministerio no publicó el tabulador para los créditos. Intereses Aunado a los subsidios, también se ajustaron las tasas de interés. Según lo previsto en la normativa, las tasas aplicarán para los préstamos otorgados y que están por darse con los recursos del fondo previsto en la Ley del Régimen de Vivienda. En la escala del despacho se indica que las familias con ingresos hasta 2.800 bolívares fuertes tendrán una tasa de 4,66%, aquellos que reciban entre 2.800 y 5.474 bolívares fuertes tendrán una tasa de 6,61% y entre 5.474 y 7.000 bolívares fuertes el interés será 8,55%. Antes las tasas estaban entre 4,66% y 9,31%. Con el cambio es mayor el universo de personas que tendrán créditos a bajos intereses. No obstante, ahora se comprometerá en las cuotas entre 20 y 30% de los ingresos. Antes sólo era el 20% del sueldo. MAH Fuente: EL UNIVERSAL Fecha: 06-01-2009

* Obligatoria inscripción en el SIVIH para comprar vivienda por el FAOV

7:04 PM / Publicado por Propietarios C.A. / comentarios (0)

* Obligatoria inscripción en el SIVIH para comprar vivienda por el FAOV Con las nuevas regulaciones establecidas por el Ejecutivo nacional para la adjudicación de viviendas, toda persona que desee utilizar los recursos del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV) debe estar obligatoriamente inscrito en el SIVIH. Según las autoridades regionales, la inscripción en el Sistema Integrado de Gestión del Ministerio de Vivienda y Hábitat es obligatoria, tanto para las familias que quieran adquirir una vivienda a través de la banca pública, como de la banca privada. Es decir, para todas las personas que quieran hacer uso de los recursos del FAOV para compra de vivienda. Elegibilidad A través del SIVIH, la persona accede a un Registro Único de Elegibilidad. Este registro tiene como objetivo, además de sincerar la demanda habitacional, definir la prioridad de la asistencia del Estado en esta área, la selección de los beneficiarios de la misma, así como para el otorgamiento del subsidio. El Sistema de Elegibilidad de Beneficiarios del Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat se estableció en la Gaceta Oficial 38.755, de fecha el 27 de agosto de 2007, y desde ese momento su aplicación ha sido de carácter permanente y de obligatoria aplicación en todo el país. Requisitos Aunque el estado de la solicitud (sea solicitante o postulante) puede consultarse por Internet (http://sivih.spmvh.info.ve/censo/censo_consulta), la inscripción en el SIVIH sólo puede hacerse de manera personalizada en las instalaciones del Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat de cada entidad. En el estado Táchira los días de audiencia para realizar la respectiva inscripción son los martes y jueves. Para la inscripción la persona debe llevar la copia de cédula de identidad de cada uno de los miembros del núcleo familiar, de la partida de los niños que no posean cédula. Los extranjeros deben presentar la respectiva cédula otorgada por la Onidex para las personas que tienen un mínimo de cinco años de residencia en el país. Asimismo, se debe presentar copia de la constancia de residencia y del ahorro obligatorio o voluntario de vivienda. Vale destacar que el registro es totalmente gratuito y que en la oficina del ministerio no queda ningún documento, ya que el funcionario simplemente debe ingresar los datos al sistema electrónico. Una vez que la persona salga de la oficina puede confirmar su ingreso al sistema a través de Internet -en la dirección antes mencionada-. Nuevos criterios Entre la nueva normativa para la adjudicación de viviendas a través del FAOV, publicados en la Gaceta Oficial Nº 39.091del lunes 5 de enero, se encuentran los criterios de distribución y selección de las familias a quienes se les asignarán las casas por Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat (que regularmente se conoce como política habitacional). Según el artículo 5 de la mencionada ley a la hora de adjudicar las viviendas en un determinado desarrollo habitacional impulsado por el Poder Ejecutivo Nacional, 25 % de las mismas serán destinadas a familias que habiten en las comunidades circunvecinas; otro 25 % para familias que habiten en el municipio donde se ubica el conjunto; 15 % para familias que habiten en el estado u otro municipio del territorio nacional, si presentasen solicitud de vivienda para la zona; 10 % para aquellas familias que hayan perdido sus viviendas por fuerza mayor o caso fortuito, así como aquellas cuyas viviendas serán se encuentren con riesgo inminente; 10% de las viviendas serán destinadas al alquiler o uso temporal; 5% serán destinadas a los obreros que laboraron en la construcción del conjunto; y otro 10% de las viviendas serán destinadas a cumplir las obligaciones estipuladas en los convenios y acuerdos interinstitucionales celebrados por el Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat. En todos los casos, los jefes de familia que soliciten la vivienda deben estar debidamente inscritos en el SIVIH. ¿Cotizar voluntariamente? Las personas que trabajan por su cuenta, también pueden ser ahorristas voluntarios del FAOV ante un ente financiero autorizado. Los requisitos de afiliación son: declaración jurada de ingresos (indicando actividad económica e ingresos promedio mensuales y anuales) firmada y sellada por un contador público; copia de la cédula de identidad; carta solicitando afiliación al banco y llenar la planilla de afiliación respectiva. El mismo mes de la solicitud se debe hacer el primer depósito del 3% del ingreso mensual. ¿Qué es el FAOV? El FAOV es un fondo que está constituido por el ahorro obligatorio -individual y patronal- que tiene por objeto permitir a todo trabajador el acceso progresivo a créditos para la compra de su vivienda principal. Este fondo, contemplado en la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat (LRPVH), se nutre del aporte que deben hacer los patronos los primeros cinco días de cada mes, por un equivalente al 3% del salario mensual de cada trabajador (2% pagado por el empleador y 1% por el empleado) y es en sí mismo una fuente de recursos para el financiamiento de programas de vivienda de interés social. La LRPVH en el artículo 30, numeral 1 establece que este ahorro obligatorio del trabajador se registrará en una cuenta individual desde la fecha inicial de su incorporación. Para ser beneficiario de un crédito con recursos del FAOV, el trabajador con dependencia laboral puede solicitarlo con sólo haber cotizado un aporte al Fondo (en el caso de ser ahorrista voluntario deberá tener un mínimo de 12 aportes al Fondo). ¿Cómo se calcula? De enero del año 2000 a mayo de 2005 los aportes del FAOV se calcularon sobre la base del salario normal de los trabajadores, según disposición de la entonces Ley del Subsistema de Vivienda y Política Habitacional. Entre junio del 2005 y hasta julio de 2008, los aportes se calcularon sobre el ingreso total mensual de los trabajadores, según disposición de la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat. Sin embargo, a partir del 31 de julio de 2008, fecha en que se promulgó la nueva Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, el ahorro obligatorio debe ajustarse de acuerdo al salario integral, es decir, tomando en consideración no sólo el sueldo sino las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bonos, así como cualquier otra remuneración que pueda evaluarse en efectivo. Esta disposición se reitera en el artículo 113 de la Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social, reformada en la misma fecha: "... En el caso de la base de cálculo de las cotizaciones del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat, se tomará en cuenta el salario integral para realizar dicho cálculo, el cual deberá ser recaudado por el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (Banavih) a través de los operadores financieros calificados para tal efecto". Asimismo, en el artículo 6 de dicho decreto se estipula que los criterios de selección son: la inscripción en el SIVIH, composición familiar, antigüedad de la solicitud de la vivienda y motivo de atención especial (incluyendo condiciones de discapacidad, vejez, etc). Fuente: Diario Los Andes Fecha: 08-01-2009

Bella Quinta para la venta en La Coromoto

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Terrenos en Venta

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Venezuela se ubica en la parte norte de Sudamérica, donde el continente se encuentra con el mar Caribe. En sus 916.445 kilómetros cuadrados, este país ofrece sabanas, selvas, ríos, islas, montañas y sobre todo vida. Sus variados paisajes, unidos a una gran diversidad animal y vegetal, hacen de este país un lugar único.

El Caribe acompaña a Venezuela por el norte y se le ofrece al visitante como una gran alfombra azul de bienvenida salpicada por 311 islas e islotes. En el área insular del país destacan Margarita, con su oferta de sol y playa; y los Roques único atolón coralino del Caribe Sur, reconocido por la calidad del buceo y la pesca deportiva.

En tierra firme, la costa se extiende a lo largo de 2.150 kilómetros. En toda la costa venezolana son visibles los vestigios de las épocas de la conquista y colonización, donde la mezcla de conquistadores españoles y esclavos negros es evidente en las manifestaciones de la vida y cultura de muchos pueblos costeros. La vida silvestre de esta región esta representada por numerosas especies de aves marinas como el chíparo, pelícanos, flamencos, tijeretas y gaviotas; Muchas de sus playas arenosas son lugares de desove de tortugas marinas como la verde, la carey y la cardón. Destacan también las especies para la pesca deportiva como la aguja, el pez vela, el sábado y el ratón, ocasionalmente las navegaciones en alta mar son acompañadas por manadas de delfines y quizás algunas pequeñas ballenas de Bryde ó ballenatos.

Venezuela tambien cuenta con el Parque Sierra Nevada, ubicado en Los Andes, este es un sistema montañoso donde se encuentran las alturas más importantes del pais: el pico Bolívar, con 4.980 m.s.n.m., y el Humboldt, con 4.940 m.s.n.m.

Inversion en Vivienda

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Chávez proyecta planes de viviendas lusas en las costas
Ernesto J. Tovar Propone "sembrar pequeñas ciudades" con casas prefabricadas Aunque más de la mitad de la población venezolana vive en las zonas costeras, el presidente Hugo Chávez mencionó la posibilidad de iniciar desarrollos habitacionales a lo largo de las costas, desde oriente hasta occi-dente. Durante un acto de firma de convenios con autoridades del gobierno de Portugal, se acordó que el Estado venezolano reciba la maquinaria para fabricar unas 50.000 viviendas prefabricadas con tecnología portuguesa. Se prevé que un lote de viviendas llegue desde Portugal por vía marítima hasta Venezuela, aunque no se especificó la cantidad. Chávez anunció que "se instalará una fábrica de pequeños edificios antisísmicos, muy frescos, que se pueden instalar en conjuntos. Pensábamos que en Vargas, Maiquetía, en esos cerros donde fue la tragedia -que se recuperó con el apoyo nuestro y de los trabajadores- allí es válido algo como en Valparaíso, en Chile. Ahí hay grupos de pequeños edificios, sistemas de hábitat. Tengo ese sueño". El Presidente agregó que "muchos de estos pequeños edificios, que son prefabricados, como vendrán por barcos desde Portugal, debemos ir preparando ya, por ejemplo, el puerto de La Guaira, donde hay mucho terreno disponible. Este (el puerto de La Guaira) es un puerto ineficiente. Cuando se modernice y quede como un puerto del siglo XXI, ahí quedarán muchas hectáreas disponibles, porque el puerto de La Guaira usa demasiado espacio por la estructura que tiene". La idea es "pensar ya en una base de operaciones, en La Guaira y en Puerto Cabello, hay espacio en Margarita, Paraguaná, Punto Fijo, las islas, Maracaibo, toda esa costa. Llevar (el proyecto) a la costa sur, para ir sembrando pequeñas ciudades nuevas, con tecnología portuguesa". Intercambio energético Otros acuerdos suscritos con Portugal incluyen el área energética en los sectores eléctricos y petroquímicos; otro convenio para transferencia de tecnología de plantas de procesamiento lácteo, y un convenio para desarrollar proyectos de medicamentos. Rafael Ramírez, presidente de Pdvsa, explicó que uno de los acuerdos "permitirá desarrollar infraestructura para el procesamiento de leche, la cadena de acopio, de transporte y recepción de la leche fresca". Fuente: El Universal
Fecha: 14-09-2008